TIPOS DE CONTRATO.

 



Con la entrada en vigor de la reforma laboral del 31 de marzo de 2022 se produjeron importantes cambios en los tipos de contratos de trabajo en España.

Esto cambios se recogen en el Real Decreto- ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo.


CONTRATO INDEFINIDO.

Estos contratos son acuerdos laborales en los que no se establece una fecha de finalización específica. Es decir, no hay límite de tiempo predeterminado para la duración del contrato. Por tanto, son adecuados para ofrecer estabilidad, compromiso y buenas condiciones laborales a los empleados. Y, obviamente es el contrato más deseado por los trabajadores.

En estos contratos, el empleado es contratado de manera permanente y su relación laboral con el empleador continúa hasta que alguna de las partes decida terminarla mediante un aviso previo o por alguna otra razón justificada legalmente, como despido por causas justificadas o renuncia del empleado. Los contratos indefinidos duelen proporcionar una mayor estabilidad laboral y beneficios adicionales en comparación con otros tipos de contratos más temporales.


CONTRATO TEMPORAL.

Los contratos temporales son acuerdos laborales entre un empleador y un empleado que tienen una duración específica y limitada en el tiempo. Estos contratos se utilizan cuando una empresa necesita cubrir una necesidad temporal de personal, como un aumento en la carga de trabajo, proyectos específicos o sustituciones por ausencias temporales. La duración de un contrato temporal puede variar desde unos pocos días hasta varios meses o incluso años, dependiendo de las necesidades de la empresa y las regulaciones laborales locales. Al finalizar el período especificado en el contrato, la relación laboral llega a su fin automáticamente, a menos que ambas partes acuerden una extensión o se convierta en un contrato permanente. Los contratos temporales suelen tener condiciones específicas en cuanto a salario, beneficios y derechos laborales, los cuales pueden ser diferentes a los de los empleados con contratos permanentes.


CONTRATO FIJO DISCONTINUO.

Los contratos fijos discontinuos son un tipo de contrato de trabajo que se utiliza en situaciones en las que existe una demanda irregular de empleo debido a la naturaleza estacional o intermitente de la actividad empresarial. Estos contratos establecen una relación laboral continua entre el empleado y el empleador, pero el trabajo se realiza solo cuando hay necesidad de personal, como en temporadas altas o eventos específicos. A diferencia de otros contratos temporales, los trabajadores con contratos fijos discontinuos tienen derechos adicionales, como la posibilidad de recibir prestaciones por desempleo durante los períodos en los que no están trabajando.


CONTRATO FORMATIVOS.

Los contratos formativos son acuerdos entre un empleador y un trabajador que están diseñados para brindar formación y experiencia laboral al trabajador mientras este último realiza tareas remuneradas. Estos contratos suelen ser utilizados en situaciones donde el trabajador está en proceso de aprendizaje o adquisición de habilidades específicas, como en programas de aprendizaje o prácticas profesionales. La característica principal de los contratos formativos es que combinan la formación teórica con la experiencia práctica en el lugar de trabajo, permitiendo al trabajador adquirir habilidades y conocimientos relevantes para su carrera profesional. Dependiendo del país y la legislación laboral local, los contratos formativos pueden tener diferentes nombres, como contratos de aprendizaje, contratos de prácticas, o contratos de formación dual.





Comentarios

Entradas populares de este blog

VISITA AL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS.

EL FUTURO DE LAS PENSIONES

¿Qué es un contrato?